Propone Alfredo Rivas establecer un requisito más para que la suspensión de una ley, mediante un amparo, pueda proceder

El diputado Alfredo Rivas Aispuro (Morena) presentó una iniciativa de reforma al artículo 128 de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política, con el objetivo de establecer un requisito más para que la suspensión de una ley, mediante un amparo, pueda proceder.

En tribuna, subrayó que “se establece como requisito de procedencia de la suspensión que el acto reclamado a suspenderse no trasgreda de ninguna manera el interés social”.

Apuntó que únicamente procederá la suspensión del acto reclamado cuando éste se desaparte del objeto del ordenamiento legal o disposición general del cual emane.

“Como hemos visto, en los últimos años se ha hecho un uso abusivo de la suspensión en materia de amparo, con la finalidad de mantener privilegios abusivos que no van acorde con las nuevas políticas públicas de austeridad y desarrollo social”, aseveró.

“Al establecer un tercer requisito evitamos dejar a la interpretación la intención de la ley. Esta propuesta busca sumar al estado actual de la suspensión, dentro de la Ley de Amparo, y evitar que se siga abusando de la misma, para evitar el uso faccioso de unos cuantos en detrimento al beneficio de los muchos”, abundó.

Sé el primero en comentar

Déjanos un comentario

Su dirección de correo electrónico no será publicada.


*