Órdenes de protección, medidas para salvaguardar a mujeres en caso de violencia

  • En este tema, el Poder Judicial del Estado cuenta con una Guía de acciones para la prevención y atención en materia de violencia de género, vigente desde abril del 2020

Como parte de las recientes modificaciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, respecto a la emisión de órdenes de protección, ahora este recurso tiene una duración de hasta 60 días, prorrogables por 30 días más o por el tiempo que dure la investigación e incluso pueden prolongarse hasta que cese la situación de riesgo para la víctima; sin embargo, no pueden ser indefinidas.

En México, en el mes de marzo de este año entró en vigor la reforma a dicha ley que impulsó el Senado de la República, con el objetivo de fortalecer las órdenes de protección para niñas, adolescentes y mujeres cuya vida o integridad se encuentre en riesgo y de esta manera asegurar que sean realmente accesibles.

El Poder Judicial del Estado de Oaxaca, avala y respalda estas modificaciones, en las que se precisa que las órdenes de protección son actos de urgente aplicación en función del interés superior de la víctima y que además, deberán otorgarse de oficio o a petición de parte, por las autoridades administrativas, el Ministerio Público o por los órganos jurisdiccionales competentes, en el momento en que tengan conocimiento del hecho de violencia.

De acuerdo con información de la Unidad de Igualdad de Género de la Dirección de Derechos Humanos, con ello, se busca evitar en todo momento que la persona agresora, directamente o a través de algún tercero, tenga contacto de cualquier tipo o medio con la víctima.

También, durante los primeros seis días posteriores a la implementación de la orden de protección, la autoridad que la ordenó debe mantener cada 24 horas contacto directo con la mujer víctima. A partir del séptimo día, se establece un plan de seguimiento personalizado.

Además, pueden otorgarse de oficio por las autoridades en el momento en que tengan conocimiento de un hecho de violencia presuntamente constitutivo de delito o infracción, que ponga en riesgo la integridad, la libertad o la vida de las mujeres o niñas.

En este tema, la institución cuenta con la “Guía de acciones del Poder Judicial del Estado de Oaxaca para la prevención y atención en materia de violencia de género ante la contingencia del Covid-19”, vigente desde abril del 2020; la cual desde un lenguaje ciudadanizado explica los tipos de violencias, cuándo la mujer se coloca en situaciones de ese tipo y cuándo puede acceder a un mecanismo judicial, como son las órdenes de protección.

Se encuentra disponible para su consulta en el enlace https://bit.ly/3eZhyKd o en página web institucional del Poder Judicial https://www.tribunaloaxaca.gob.mx. 

 

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