Órdenes de protección, medidas para prevenir la violencia de género

Las autoridades tienen máximo ocho horas para otorgar órdenes de protección que deben mantenerse hasta que el peligro haya disminuido o desaparecido

En Oaxaca, el 52.4% de la población son mujeres, las cuales se encuentran en una situación de desigualdad y vulnerabilidad respecto a su contraparte masculina además de que una gran parte de ellas han sido violentadas en diferentes formas; por ello, una tarea imprescindible del Poder Judicial del Estado es impartir justicia con perspectiva de género, así como salvaguardar la integridad de mujeres y niñas víctimas de violencia.

Ante esta situación, las órdenes de protección fungen como medidas que contempla la Ley para que mujeres y niñas reciban protección inmediata ante cualquier violencia, ya sea física, emocional, económica, familiar, laboral o escolar, que les afecte o ponga en peligro.

De esta manera, juezas, jueces, agentes del Ministerio Público y, en caso de urgencia, síndicas o síndicos municipales, pueden ordenar acciones para evitar cualquier agresión física, emocional o sexual. Las autoridades tienen máximo ocho horas para otorgar órdenes de protección mismas que deben mantenerse hasta que el peligro haya disminuido o desaparecido.

Para realizar este procedimiento, la mujer víctima de maltrato, su tutor o representante legal o, en casos de emergencia, cualquier persona que conozca los hechos de violencia, debe acudir al Ministerio Público o a los juzgados, explicar a las autoridades, de manera oral o por escrito qué ha pasado, qué les preocupa o causa temor.

Asimismo, es importante destacar que las órdenes de protección se pueden solicitar si ya se ha iniciado un proceso judicial contra el agresor.

En el caso de las mujeres indígenas, ellas tienen derecho a que un traductor o intérprete les informe sobre las órdenes de protección si no hablan el idioma español, al igual que sus autoridades comunitarias sean tomadas en cuenta y puedan colaborar en el cumplimiento de estas medidas.

Cabe resaltar que del 5 de enero al 5 de febrero del 2021, el Poder Judicial del Estado dio trámite a siete mil 776 asuntos en materia familiar a través de juzgados familiares, civiles y mixtos de primera instancia; de los cuales destacan pagos de pensiones alimenticias, separación de cónyuges, solicitudes de convivencia, guarda y custodia, así como órdenes de restricción.

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