Esto es lo que podrá decir López Obrador durante sus conferencias mañaneras en tiempos electorales

CIUDAD DE MÉXICO.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) tocó directamente al tema de las conferencias mañaneras de Andrés Manuel López Obrador, presidente de México, y determinó que en tiempos electorales no se pueden incorporar en estas contenidos con elementos de propaganda gubernamental.

Es decir, tanto el mandatario mexicano como cualquier otro funcionario público, tiene prohibido difundir información sobre logros de gobierno, avances o desarrollo económico, social, cultural o político, o beneficios y compromisos cumplidos por parte de algún ente público, que se ordenada, suscrita o contratada con recursos públicos, y que por su contenido, no sea posible considerarlo como informativo.

Por lo tanto, no puede difundir:

  • Propaganda gubernamental por cualquier medio o modalidad de comunicación social
  • Información con carácter institucional que contenga frases, imágenes, voces o símbolos que pudieran ser constitutivos de propaganda política o electoral
  • Propaganda personalizada
  • Logros de Gobierno, obra pública
  • Información dirigida a incidir en las preferencias electorales de la ciudadanía
  • Valorar positivamente a algún gobierno
  • Exaltar, promocionar o justificas algún programa o logro obtenido

Lo que sí puede difundir:

Información de servicios educativos y de salud
Información necesaria para la protección en caso de emergencias

El TEPJF también consideró pertinente delinear criterios y pautas dirigidos a las concesionarias para la transmisión, en particular de las conferencias mañaneras o ejercicios de comunicación gubernamental con características similares, entre las que destacan:

• No existe obligación legal de transmitir las conferencias mañaneras o cualquier otra comunicación gubernamental similar de manera parcial o total.

• La neutralidad que deben guardar las concesionarias en la difusión de la comunicación gubernamental es de carácter electoral, lo que implica una actitud de imparcialidad, respecto de los distintos actores electorales.

• Las concesionarias están obligadas a no transmitir propaganda gubernamental en entidades en las que se desarrollen las campañas electorales.

• Las concesionarias están obligadas a transmitir y no modificar las pautas ordenadas por el INE.

Con información de Quadratín CDMX

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