El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó revocar acuerdo de la Sección Instructora

La Cámara de Diputados aprobó, por 260 votos a favor, 40 en contra y 9 abstenciones, revocar el acuerdo aprobado por la Sección Instructora de la Cámara de Diputados del 12 de marzo de 2021, por el que se suspende la tramitación del procedimiento de Declaración de Procedencia en el expediente SI/LXIV/DP/02/2020 y complementaria.

El acuerdo de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) ordena que sea devuelto a la Sección Instructora para que analice y se pronuncie respecto de si el Fiscal General del Estado de Morelos está revestido de fuero constitucional o no.

Lo anterior, en términos de lo que dispone el artículo 111, párrafo quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 136 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Morelos, para los efectos legales a que haya lugar.

Previo a los posicionamientos, la diputada Dulce María Suri Riancho dijo que la presidencia de la Mesa Directiva desea expresar para efecto de que conste en el acta de la sesión, su petición a la Sección Instructora de esta Cámara de Diputados para que atienda los resolutivos contenidos en la sentencia IN5/2021 y para que no se exceda a lo ordenado en dicha resolución.

Subsanar un error evidente

El diputado Pablo Gómez Álvarez (Morena) puntualizó que la propuesta de la Jucopo es para subsanar un error evidente. Refirió que el amparo que la juez cuarta del estado de Morelos pronunció en términos de suspensión definitiva no deja las cosas en el momento en que estaban; al contrario, dice que tiene que proseguir y la Sección Instructora había resuelto suspenderlas. Entonces, la Sección se equivocó en el análisis de la resolución incidental y es lo que “vamos a superar, un error que no puede superar la misma Sección porque no es el órgano superior de sí mismo”.

Aclaró que el amparo es para analizar los términos de la acusación de la Fiscalía y del hecho de que la Cámara la aceptó. “Es falso que este Pleno no pueda ver algo relacionado con este asunto más que si hay convocatoria a jurado de procedencia, la misma ley dice que para resolver que no procede la acusación, porque no es una persona idónea, que a propuesta de la Sección tiene que resolver eso el Pleno”.

PAN exige se cumpla el proceso parlamentario correspondiente

El diputado Marco Antonio Hernández Arellano (PAN) dijo que su grupo parlamentario no se pronunciará por esta ilegalidad y exige que se cumpla de manera pulcra el proceso parlamentario correspondiente y no fijar un gravísimo precedente por haber caído en alguna irresponsabilidad.

“Es lamentable el motivo por el cual se discute este asunto. El Pleno no tiene facultades más que para resolver en definitiva sobre la procedencia o no de la solicitud de eliminación de la inmunidad procesal al servidor público imputado, que en su caso proponga la Sección Instructora. Es imprescindible y urgente que las áreas técnicas de esta Cámara se den a la tarea de revisar los alcances del Pleno sobre este procedimiento para la declaración de procedencia”.

Un error que la Cámara ordene resolver algo que es naturaleza de juicio de amparo

Del PRI, la diputada Claudia Pastor Badilla consideró que es un error insistir en resoluciones definitivas que vulneran lo ordenado por un juzgado federal, que la Cámara ordene resolver algo que es naturaleza de un juicio de amparo y que el Pleno le ordene a la Sección Instructora, conformada por diputadas y diputados como sus pares, que dicte una resolución sin fundamento.

“En la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional siempre estaremos del lado de la legalidad, de la separación de poderes y el respeto irrestricto al ejercicio de facultades del Poder Judicial de la Federación; por lo tanto, no cuenten con nosotros para este despropósito”, puntualizó.

Sección Instructora resolverá el asunto con apego a derecho

Por el PT, el diputado Alfredo Porras Domínguez confió en que la Sección Instructora resolverá este asunto en estricto apego a derecho. Mencionó que el Fiscal General de Justicia de Morelos goza de una suspensión definitiva otorgada por un juez de distrito, en la cual se establece que esta soberanía no puede resolver de fondo lo planteado hasta en tanto no se dicte la sentencia definitiva.

Consideró que el procedimiento previsto en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos “es muy claro y que si la Fiscalía General de la República solicitó a esta soberanía la declaración de procedencia en contra del Fiscal General de Morelos es porque considera que sí cuenta con el fuero”.

No es facultad de la Jucopo emitir una revocación de un acuerdo

La diputada Fabiola Loya Hernández (MC) dijo que su grupo parlamentario no firmó el acuerdo de la Jucopo, “se tomó como una decisión unilateral ya que existen varias aristas”. Sostuvo que no es facultad de la Jucopo emitir una revocación de un acuerdo a un documento de cualquier Comisión de este Poder Legislativo.

Precisó que los procedimientos internos de las comisiones están muy claros en el Reglamento y la Ley Orgánica. Estimó que lo que se debe discutir son las resoluciones de cualquier Comisión, “nosotros no podemos entrometernos en el proceso interno ni de la Sección Instructora ni de ninguna otra Comisión”.

Fiscal de Morelos ha hecho mal uso del encargo

De Encuentro Social, la diputada Esmeralda de los Ángeles Moreno Medina señaló que lo que se discute es “si esta Cámara será o no comparsa del juicio político en contra del Fiscal General del Estado de Morelos; este señor ha hecho mal uso del encargo por el que fue designado”.

Estimó que proceder en contra de este personaje significa hacer justicia, combatir la corrupción y acabar con la impunidad y, sobre todo, hacer lo correcto para el país. Enfatizó que “esta soberanía no debe, ni será parte de simulaciones que permitan a personas o grupos específicos actuar con dolo y sin consecuencias”.

Deben respetarse los acuerdos de la Sección Instructora

La coordinadora del PRD, diputada Verónica Juárez Piña, señaló que el acuerdo “constituye un precedente de suma gravedad para el desarrollo de los trabajos legislativos de esta Cámara, ya que se pretende a través de una votación en el Pleno suplir los acuerdos internos de un órgano como es la Sección Instructora, en vez de generar los consensos necesarios”.

Consideró que en el caso de la Sección Instructora, como órgano de la Comisión Jurisdiccional, “deben respetarse los acuerdos que han sido tomados a su interior garantizando la integridad de sus trabajos, dada la alta encomienda que por ley tiene para la resolución tanto de los juicios de procedencia, como de los juicios políticos”.

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