Congreso fortalece marco jurídico en materia de órdenes de protección a víctimas

El Pleno de la LXV Legislatura local aprobó con 34 votos, en lo general y en lo particular, la reforma al artículo 24 Quinquies de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género, en materia de órdenes de protección.

Con este cambio en la ley, se establece que las órdenes de protección podrán solicitarse en cualquier municipio y entidad federativa distinta a donde ocurrieron los hechos, sin que la competencia en razón del territorio y la materia pueda ser usada como excusa para no recibir la solicitud y emitir las órdenes de protección correspondientes, aún sin que exista un proceso jurisdiccional previo.

Asimismo, en caso de que alguna mujer en situación de violencia, proveniente de otra entidad federativa solicite la protección, se le deberá brindar sin mayor dilación, independientemente de la emisión posterior que por competencia corresponda, a fin de garantizar la seguridad de las víctimas.

El dictamen aprobado refiere que dichas órdenes de protección, tienen por objetivo proteger la integridad de las mujeres, adolescentes y niñas ante la violencia que puedan vivir y buscar su erradicación, además de prevenir futuras agresiones que puedan terminar en violencia extrema como tentativa de y feminicidio; y para que las autoridades responsables actúen de manera diligente y coordinada en la protección de la vida de las mujeres.

La diputada Lizett Arroyo Rodríguez, promovente de la iniciativa de reforma, señala que es fundamental reconocer la importancia y naturaleza de las órdenes de protección como mecanismos para prevenir la violencia contra las mujeres por razón de género.

“La competencia de territorio y materia no debería ser un impedimento u obstáculo para emitir órdenes de protección necesarias para las mujeres, adolescentes y niñas, a fin de salvaguardar su integridad y su vida; la emisión de órdenes, en apego a los principios establecidos en la propia Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género, de manera urgente, diligente y oportuna, puede representar la diferencia entre la vida y la muerte (asesinato) de una mujer, adolescente o niña”, expuso en su iniciativa.

Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Oaxaca.

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