No hay delito sexual si el menor consciente al adulto: Corte

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que se debe valorar si las y los adolescentes ejercieron libremente sus derechos sexuales en casos donde una persona mayor haya sostenido relaciones con ellos.

Lo anterior fue publicado en el Semanario Judicial de la Federación del pasado 1 de marzo, y señala que en casos o señalamientos de agresión sexual en perjuicio de adolescentes, se debe “ponderar si pudo existir una situación de igualdad y libertad frente a la señalada como imputada”.

Y en caso de que exista una situación de igualdad y libertad entre un adolescente y una persona adulta, se “justificaría el válido consentimiento de la o el adolescente, pues no se vulneraría el bien jurídico penal consistente en su sano y libre desarrollo sexual”.

Por lo anterior, la SCJN pidió considerar “el principio del interés superior de la persona adolescente”, por lo que actualizó “su derecho a que se les escuche, así como a ejercer su sexualidad de manera libre”.

Hizo un llamado al Estado a garantizar a los adolescentes acceso a un sistema integral de salud e información sobre sus derechos sexuales.

Finalmente, la Corte puntualizó que cuando el afectado sea una persona menor de edad, “siempre se configura el delito” de agresión sexual.

Con información de SDPnoticias

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