Francisco José Huber Olea Contró, magistrado del Poder Judicial de la Ciudad de México, podría ser sancionado, luego de excusarse de seguir conociendo el caso del académico Sergio Aguayo, porque la justificación esgrimida por él no se encuentra en el Código de Procedimientos Civiles.
Lo anterior, de acuerdo a lo que establece el último párrafo del artículo 171 del Código de Procedimientos Civiles de la Ciudad de México, según el cual “cuando un juez o magistrado se excuse sin causa legítima, cualquiera de las partes puede acudir en queja al Consejo de la Judicatura quien encontrando injustificada la abstención podrá imponer la sanción que corresponda”.
Debido a ello, la excusa carecería de causa legítima y, al tratarse de un comportamiento indebido por parte del Magistrado, implicaría que el Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México le imponga una sanción.
Además de ello, el que la excusa se considerara indebida obligaría a resolver la queja que Sergio Aguayo ha interpuesto en contra del Magistrado -a quien ha señalado de encontrarse en una situación de conflicto de interés- y tal resolución traducirse en que se le aparte del caso.
De esta forma, Huber Olea Contró no conocería más del caso de Sergio Aguayo -sólo que por las razones correctas- y el que se le apartara del asunto, por acreditarse el conflicto de interés que se le imputa, abriría la puerta para un proceso sancionatorio de mayor grado en su contra.
Via | Vanguardia
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