CRÓNICA POLÍTICA: TEPJF, ojo con el “huachicol” electoral en Oaxaca

Rosy RAMALES

El término huachicol se usaba para hacer referencia a la bebida alcohólica adulterada, luego se usó para nombrar al hidrocarburo robado ya sea mediante ordeña de ductos o vía el hurto de pipas llenas; incluso, de buques con todo el cargamento de combustibles.

Por cierto, se dice que los piratas huachicoleros no aparecieron apenas, sino que datan de hace varios sexenios presidenciales. Casi en aquellos tiempos del asesinato del candidato del PRI a la Presidencia de México, Luis Donaldo Colosio Murrieta.

Bueno, en realidad nadie robaba los buques petroleros, sino más bien éstos llegaban a su destino pero vacíos, aunque eran reportados como llenos, según dicen.

Pobre Pemex ha sido la cajachica de los vivales incrustados en el poder; no solamente le robando combustible, sino también dinero a manos llenas. Y hasta los líderes sindicales. Ahora se entiende el por qué de la facilidad para obtener diputaciones y senadurías.

Y los mexicanos pague y pague impuesto tras impuesto a las gasolinas y al diesel. Ante tanto robo a la nación, nunca alcanzaba el presupuesto público! Y entonces el gobierno tenía que subsidiar con dinero del pueblo.

En fin, pero este no es el tema en la columna de hoy, sino el tema es el huachicol electoral en el estado de Oaxaca. O sea, la alteración en los procedimientos electivos, en las figuras para terminar anticipadamente un mandato y en la integración de los ayuntamientos en la ausencia absoluta de algunos de sus miembros.

Y en este tipo de huachicol están metidos todos los partidos políticos y las mismas autoridades electorales (administrativa, jurisdiccional y penal), así como diputados y diputadas de la LXIV Legislatura del Congreso Local que se prestan a alterar la voluntad expresadas en las urnas electorales.

Actualmente hay por lo menos tres casos emblemáticos: San Dionisio del Mar, Tlaxiaco y Xanica. Veamos solamente el primer caso.

San Dionisio del Mar es un municipio regido por el sistema electoral de partidos políticos y donde hace muchos años las y los ciudadanos dejaron de ejercer sus derechos político electorales, sobre todo el de votar y ser votados, por el mero capricho de grupos de poder municipales.

Por alguna u otra razón el proceso electoral se trunca con la consecuencia de integrar un Consejo de Administración Municipal o de nombrar un administrador con facultades casi idénticas a las del presidente municipal; aunque ahora acotaron la figura y se llama comisionado ya sin atribuciones para ejercer determinado ramos presupuestales.

Pero de todos modos el comisionado y sigue siendo el manda más en el municipio.

Esa ha sido la suerte de San Donisio del Mar, donde en el 2016, después de muchísimos años, hubo elecciones municipales. Pero de una manera mañosa, pues solo se registró una planilla al ayuntamiento, encabezada por una mujer: Teresita de Jesús Ojeda.

¿Qué pasó? Los grupos políticos del municipio se pusieron de acuerdo y la integraron con cuotas de cada uno. Así que el día de la elección, los electores acudieron a las urnas solamente a darle formalidad a un cabildo previamente determinado sin otra opción.

Y así, en San Dionisio por primera vez hubo una presidenta municipal (y muy joven, con apenas 26 años de edad). La equidad de género la favoreció porque el lugar le tocaba al papá, pero como éste no pudo impulsó a la hija, según se cuenta en corrillos locales.

La “normalidad” electoral se agotó en esa elección. Porque para los comicios del 2018, los grupos políticos (incrustados principalmente en el PRI y Morena) volvieron a las andadas. Resulta que en la víspera de la jornada electoral renunciaron todas las planillas.

Así como lo leen, todas. Entonces el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) declaró desierta la elección ordinaria; por cierto, una figura que no existe en la ley electoral local, quien sabe si en lineamientos.

Convocaron a elecciones extraordinarias para el 9 de diciembre, pero éstas abortaron porque en la víspera de la jornada electoral gente de alguno de los grupos de San Dionisio del Mar robaron paquetería electoral, y el día de los comicios ocurrieron otros hechos violentos.

Era previsible que ocurrirían; los mismos grupos lo anunciaron veladamente al decir una y otra vez que no había condiciones para celebrar comicios extraordinarios. Ante ello, el Consejo General del IEEPCO mejor hubiera diferido la jornada electoral intentando poner a salvo el ejercicio de los derechos político electorales de los ciudadanos de San Dionisio.

Pero no lo hizo. ¿Hubo la creencia de que era posible realizar la elección extraordinaria? ¿Fuerzas inconfesables presionaron o convencieron de algún modo a consejeras y consejeros electorales para dejar violentar la jornada electoral con el ánimo de abortarla?

El caso es que la elección extraordinaria no se pudo llevar a cabo. Y el tres de enero, el IEEPCO emitió un comunicado donde informó lo siguiente:

“…al no haberse realizado la elección extraordinaria en San Dionisio del Mar, es competencia del Congreso del Estado y del Poder Ejecutivo, prever lo necesario para la instalación de la administración municipal provisional.

“Estas instancias, deberán en el ámbito de sus competencias garantizar las condiciones de seguridad, sociales y políticas para que de estimarlo procedente se ordene la realización de una nueva elección extraordinaria en el municipio.

Pero el diez de enero, el Consejo General del Instituto Local emitió el acuerdo IEEPCO-CG-01/2019 y determinó tener por concluidos los procesos electorales ordinario 2017-2018 y extraordinario 2018.

¿Qué pasó? ¿Por qué primero el IEEPCO alentó la posibilidad de una segunda elección extraordinaria, y días después da por concluido los procesos? ¿Alguien obligó a tomar la determinación? ¿O solamente dieron cumplimiento a la ley? ¿Se dieron cuenta del error?

Ciertamente, como lo dijo la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en su sentencia de este jueves, la ley local “no contempla el supuesto de una segunda elección extraordinaria ante la imposibilidad de realizar la primera de ellas”.

Sin embargo, en plenitud de jurisdicción la Sala Xalapa bien pudo ordenar la realización de una segunda elección extraordinaria en San Dionisio del Mar y decirle al IEEPCO declarar cerrado el proceso hasta en tanto se celebrara la misma.

Y no tanto para dar la oportunidad al Partido Social Demócrata (PSD) de obtener votos para intentar conservar su registro como partido local, sino para garantizar el ejercicio de los derechos político electorales de las y los ciudadanos de dicho municipio, por años y años violentados.

Ha habido casos en que tanto la Sala Xalapa como la Sala Superior han tomado decisiones fuera de lo establecido por las leyes electorales. El caso más reciente fue cuando la Sala Superior ordenó el recuento del total de votos de la elección a la gubernatura de Puebla, cuando ya en Consejos Distritales se había recontado un buen número de paquete.

En fin, ahora en San Dionisio del Mar irremediablemente habrá un Consejo de Administración Municipal designado por el Congreso Local, pero la integración será a propuesta del Ejecutivo Estatal. ¿Y los derechos político electorales de los ciudadanos?

Eso a menos de que el PSD impugne el fallo de la Sala Xalapa y la Sala Superior determine otra cosa, lo cual se ve difícil por no decir casi imposible.

En fin, que hasta la Legislatura Local andaba hecha bolas; esperaba que la Secretaría General de Gobierno notificara la existencia de condiciones en San Dionisio del Mar para ordenar al IEEPCO convocar a elecciones, cuando, ¡zaz!, viene la resolución de Xalapa.

Aunque más bien, según corrillos legislativos, en la Legislatura ya se cocinaba el acuerdo para darle a dicho municipio un Consejo de Administración. Y así los grupos de poder municipales conseguirán su objetivo.

Ahí el fondo del conflicto, no es gobernar, sino tener el control político para mantener el poder económico en el contexto del capital eólico y demás.

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