El diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (PRI) propuso reformas constitucionales para establecer que toda persona tiene derecho a contraer matrimonio y que los estados no puedan, en ningún caso, expedir o mantener en vigor leyes o disposiciones que limiten este derecho por condiciones de género, preferencias sexuales, religión o cualquiera otra que atente contra la dignidad humana.
El legislador afirmó que “hoy en día sigue existiendo discriminación no sólo en los hechos, sino en los textos normativos de diversas disposiciones aplicables en algunas de las entidades que componen el pacto federal, al invocar definiciones de matrimonio que resultan anacrónicas, dogmáticas y alejadas de la visión de derechos humanos que nuestra Constitución incorporó en 2011”.
En la actualidad, refirió, entidades como Ciudad de México, Coahuila, Chihuahua y Quintana Roo, contemplan en sus legislaciones el matrimonio entre parejas del mismo sexo, que representa un importante avance en materia de acceso y garantía de toda persona a sus derechos humanos.
Por el contrario, agregó, existen entidades que sus códigos civiles o leyes para la familia, según el caso, establecen de manera expresa que el matrimonio es la unión entre hombre y mujer, o bien señalan que su finalidad última es la procreación.
Moreira Valdez señaló que el concepto de matrimonio ha evolucionado a lo largo de los siglos, hasta llegar a nuestros días. En la actualidad, su definición no está asociada a la procreación como fin último, sino que, por el contrario, guarda estrecha relación con diversos derechos y obligaciones como la filiación, nombre, alimentos, el patrimonio, derechos sucesorios, entre otros.
Lo anterior, dijo, a pesar de que nuestra Constitución Política establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en ella misma y en tratados internacionales, que no podrán restringirse ni suspenderse. Asimismo, prohíbe cualquier tipo de discriminación motivada por factores que atenten a la dignidad humana, dentro de los que destacan preferencias sexuales y estado civil.
México ha reconocido diversos instrumentos internacionales en los que se prohíbe la discriminación, dentro de los que destaca la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, entre otros.
El legislador priista refirió que de acuerdo con el Inegi, en 2015 se registraron 558 mil 18 matrimonios; de los cuales 556 mil 269 correspondieron a uniones legales de personas de distinto sexo (99.7 por ciento), mientras que mil 749; es decir, 0.3 por ciento, fueron entre población del mismo sexo.
Resaltó que uno de los factores que explican el bajo índice de matrimonios legales entre personas del mismo sexo, se encuentra en las restricciones que legislaciones locales incluyen al establecer que el matrimonio es la unión entre un hombre y una mujer, o bien que su finalidad es la procreación.
“Estas disposiciones han sido declaradas como inconstitucionales por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, toda vez que atentan contra los derechos a la igualdad y no discriminación”, dijo.
El diputado explicó que su iniciativa que reforma los artículos 4 y 117 de la Carta Magna, busca “dejar atrás las violaciones a los derechos humanos de las personas, que históricamente han estado contenidos en diversas legislaciones, para consolidar una evolución más en esta institución, apegada a los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, a la que podemos denominar como matrimonio igualitario”.
Detalló que el objetivo es armonizar el marco normativo vigente con lo establecido en diversos instrumentos internacionales y en los criterios del máximo tribunal de la nación; el propósito es evitar que legislaciones locales incorporen restricciones al matrimonio, lo que constituye un obstáculo para que las personas accedan a sus derechos de manera plena.
La propuesta fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales para su dictamen.
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