La diputada María de Jesús Aguirre Maldonado (PRI) propuso reformar el artículo 199 Octies del Código Penal Federal, para aumentar la pena por el delito de violación a la intimidad sexual, y que esta sea de seis hasta doce años de cárcel, y multa de mil a mil quinientas Unidades de Medida y Actualización (UMA).
El documento, turnado a la Comisión de Justicia para dictamen, también elimina del mismo artículo el término “que tenga la mayoría de edad”, por lo que comete el mencionado delito aquella persona que divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona, sin su consentimiento, su aprobación o su autorización.
Actualmente, el delito se sanciona con tres y hasta seis años de prisión y multa de 500 a mil UMA, y establece que se comete violación a la intimidad sexual cuando la víctima sea mayor de edad.
En el documento, turnado a la Comisión de Justicia para su dictamen, refiere que, en los últimos años, la difusión en redes sociales de vídeos o fotografías íntimas de terceros ha aumentado considerablemente, lo cual se realiza sin pensar en el daño que se le genera y sin saber que se comete un delito.
Menciona que de acuerdo a estadísticas del Módulo sobre Ciberacoso (Mociba) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en 2017, el 17.7 por ciento de las usuarias de Internet aseguró haber sido víctima de ciberacoso, porcentaje que aumentó a 22.8 por ciento en 2021.
Añade que datos del Inegi a julio de 2022 señalan que del 36.7 por ciento de las mujeres que aseguraron ser víctimas de ciberacoso, casi la mitad corresponde a casos de suplantación de identidad.
Expresa que datos de ONU-Mujeres, destacan que durante la emergencia sanitaria por COVID-19 la violencia digital por razón de género se agravó contra mujeres y niñas, afectando su desarrollo y el pleno disfrute de sus derechos humanos a la dignidad, la libertad de expresión, acceso a la información, protección de datos personales y vida privada, así como a la justicia.
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