Martí Batres publicó un decreto en el que dice que sólo la CDMX tiene el derecho de transmitir su propiedad a particulares

CIUDAD DE MÉXICO.- El decreto modifica el artículo tercero de la Constitución de la Ciudad de México. Con este cambio no desaparece la propiedad privada, pero sí deja de ser el principio rector. Se protege, pero ahora se prioriza el interés superior de la nación, de la ciudad, de lo público.

El decreto modifica el artículo tercero de la Constitución de la Ciudad de México. Con este cambio no desaparece la propiedad privada, pero sí deja de ser el principio rector. Se protege, pero ahora se prioriza el interés superior de la nación, de la ciudad, de lo público.

“El principio de propiedad queda acorde con los valores que promueve la Cuarta Transformación en todo el país y, por supuesto, también en la Ciudad de México”, presumió Martí Batres al hacer público el decreto que, desde hoy, 3 de septiembre, entra en vigor.

De acuerdo con lo publicado en la Gaceta de la CDMX, el artículo 3 de la constitución local queda así: “la Ciudad de México asume como principios (…) el respeto a la propiedad en los términos del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (…) Se reconoce la propiedad de la Ciudad sobre sus bienes de dominio público, de uso común y del dominio privado; asimismo, la propiedad comunal y ejidal.

El artículo 27 Constitucional señala que la tierra y aguas, pertenecen a la Nación y que sólo ésta tiene el derecho de transmitir su propiedad a particulares, para así crear la propiedad privada. Además, señala el derecho de expropiación, cosa que sucede sólo cuando esa propiedad es de “utilidad público.

De acuerdo con el Jefe de Gobierno, la necesidad de hacer la modificación es para que, en los años venideros, el desarrollo se haga con acento en lo social: reconociendo que primero está el interés de lo público sobre cualquier interés privado.

Batres Guadarrama señaló que aunque la constitución local está subordinada a la Carta Magna, así se protege a la propiedad pública y social de cualquier interpretación que luego se sacan de la manga en el Poder Judicial. Podría parecer elemental, [que] la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos dice esto y está por encima de cualquier otro precepto’, pero no es así (…) hay un dicho que se repite mucho, que dice así: ‘¿Qué dice la Constitución? Lo que diga la Corte

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