
La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, emitió la Recomendación 04/2026, dirigida a la Presidenta Municipal Constitucional de Santo Domingo Tehuantepec, Oaxaca, por violaciones a los derechos humanos a un medio ambiente sano por la contaminación generada ante la deficiente planeación y gestión de los cárcamos de bombeo de los fraccionamientos “Guiengola” y “El Pitayal”, ubicados en dicha demarcación territorial, en agravio de un grupo de personas que habitan en los alrededores.
A partir de septiembre de 2017, este Organismo Autónomo documentó la situación sanitaria que enfrentan aproximadamente 48 habitantes del fraccionamiento “Guiengola”, en Santo Domingo Tehuantepec, confirmando que el cárcamo ubicado en ese lugar, se encontraba operando en malas condiciones, pues carece de equipo operativo, las cisternas permanecen expuestas y la caseta de control está fuera de servicio. Adicionalmente, esta DDHPO tuvo conocimiento que previamente se llevaron a cabo inspecciones sanitarias en el sitio, en las que se constató el deterioro físico del perímetro y la inexistencia de una planta de tratamiento, lo que ha derivado en el estancamiento de residuos y descargas de aguas negras a cielo abierto.
Por otro lado, esta Defensoría también advirtió que existía una situación similar en un cárcamo de bombeo de aguas residuales del fraccionamiento “El Pitayal”, ubicado en el referido municipio, cuya operación genera malos olores y condiciones de insalubridad a la población que reside en ese conjunto habitacional.
En ese contexto, ante la persistente omisión de las autoridades, particularmente del ámbito municipal, para atender las alertas y recomendaciones, así como, para ejecutar las medidas de saneamiento necesarias, el 9 de febrero de 2018, los residentes de los citados fraccionamientos presentaron queja ante esta Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca.
Ante la intervención de este Organismo Local, las autoridades municipales de Santo Domingo Tehuantepec informaron inicialmente sobre la suspensión de la obra en el conjunto habitacional “Guiengola” y el establecimiento de medidas de seguridad para la reubicación del cárcamo; sin embargo, para octubre de 2018, las y los peticionarios denunciaron la falta de actividades por parte de las autoridades, confirmando que los recursos comprometidos no habían sido aplicados, por lo que la problemática de contaminación persistió ante la falta de una ejecución material que garantizara el derecho a un medio ambiente sano en favor de la comunidad.
De esta manera, del análisis lógico y jurídico practicado a las evidencias que integraron el expediente de queja, quedó acreditada la falta de medidas racionales y proporcionales por parte del Ayuntamiento de Santo Domingo Tehuantepec, Oaxaca, para mitigar el riesgo de los cárcamos de los mencionados conjuntos habitacionales, lo que conllevó a que existan focos de infección con motivo de las descargas de aguas residuales, situación que vulnera directamente el derecho humano de las y los habitantes de esa zona a la salud y a un medio ambiente sano.
A partir de estos hallazgos, la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca dirigió la Recomendación 04/2026 al Ayuntamiento de Santo Domingo Tehuantepec, recomendando acciones encaminadas a avanzar hacia la reparación integral, a la restitución y a la no repetición. Entre las medidas propuestas se recomendó implementar las acciones que procedan en materia de prevención de contaminación a fin de evitar que continúe la descarga de aguas residuales en el canal aledaño al fraccionamiento “Guiengola” y los terrenos de alrededor, así como de las casas contiguas al mismo.
Por otro lado, esta Institución también consideró necesario que la autoridad señalada como responsable realice una compensación a las y los peticionarios, e incluso a la víctima o víctimas no identificadas por las violaciones a derechos humanos que fueron documentadas en la citada Recomendación, tomando en consideración tanto la gravedad del agravio como su reparación integral.
Asimismo, el Ayuntamiento de Santo Domingo Tehuantepec deberá, en el ámbito de sus respectivas competencias, instalar una comisión médica para generar un diagnóstico a los habitantes del fraccionamiento “Guiengola”, con el objeto de determinar si la contaminación ha generado daños a la salud de los mismos, y en ese sentido, adoptar de manera inmediata, periódica y permanente, la dotación de suministros y servicios médicos especializados. Adicionalmente, la Recomendación incluye un acto de reconocimiento y disculpa pública a favor de las y los peticionarios, así como de quienes habitan alrededor de dicho conjunto habitacional por parte de las autoridades responsables, por las violaciones a derechos humanos cometidas en su perjuicio, ello a fin de establecer su dignidad.
Finalmente, esta Defensoría recomendó a la autoridad municipal implementar acciones indispensables para evitar la repetición de los hechos violatorios a los derechos humanos de los peticionarios.
Con la emisión de la Recomendación 04/2026, esta Defensoría reafirma su compromiso inalienable con la defensa del derecho a la salud y a un medio ambiente sano de todas las personas en Oaxaca.

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