CRÓNICA POLÍTICA: Gobernar donde sea

Rosy RAMALES

En la vorágine por el poder, a las personas dedicadas a la política ya no les importa la  comunión entre gobernante y gobernados; la cercanía, la identidad.

Solamente pretenden el cargo de elección popular como un escalón más en su currículum, o como un venero de dinero público para riqueza personal, o como el peldaño para el siguiente cargo, o simplemente por orgullo.

El poder por el poder. Claro, hay honrosas excepciones.

Cada lector, lectora, juzgará la hipótesis donde se ubica la diputada morenista Tatiana Clouthier, quien manifestó públicamente su intención de participar en las próximas elecciones a la gubernatura por Nuevo León o por Sinaloa.

¿Águila o sol?

¿El estado que sea?

¿Lo que sea?

Según lo planteado por la legisladora de Morena, ciertamente aún tiene la posibilidad legal de contender para gobernadora de cualquiera de las referidas entidades federativas.

Pues en su entidad natal, Sinaloa, solamente tiene que comprobar haber nacido ahí.

Y en Nuevo León tendría que comprobar su residencia efectiva mínima. Por lo pronto, Tatiana asegura llevar viviendo en esta entidad alrededor 37 años, pues dice tener 55 años de edad y llegó a los 18.

La oriundez y la residencia son requisitos de elegibilidad.

De hecho, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que:

Sólo podrá ser gobernador constitucional de un Estado un ciudadano mexicano por nacimiento y nativo de él, o con residencia efectiva no menor de cinco años inmediatamente anteriores al día de los comicios, y tener 30 años cumplidos el día de la elección, o menos, si así lo establece la Constitución Política de la Entidad Federativa.”

Y las constituciones de los estados deben coincidir con la Carta Magna General.

Entonces, la aspiración de Tatiana Clouthier está dentro de los márgenes constitucionales para contener como candidata de Morena (de otro partido político o independiente) a la gubernatura de Sinaloa o de Nuevo León.

Aunque tendrá que cumplir también con algunos requisitos específicos exigidos por la Constitución Particular o por las leyes electorales de tales entidades federativas.

Por ejemplo, en algunas constituciones locales se exige el cumplimiento de la oriundez y de una residencia mínima; los dos requisitos al mismo tiempo.

Y esa residencia mínima puede ser menor a la exigida a aquellas personas que no nacieron en la entidad federativa para cuya gubernatura pretenden competir; para éstas se exige la residencia de cinco años.

En fin, que Tatiana valora por cual de las entidades federativas (Sinaloa o Nuevo León) contender para gobernadora. Según se entiende, está en tiempo para poder reunir todos los requisitos.

¿Y esos requisitos son suficientes? Sí, para estar en posibilidades de competir. Pero quien sabe si para ganar o para poder gobernar.

Las personas dedicadas a la política con aspiraciones de gobernar se olvidan se situaciones fundamentales para que su ejercicio de gobierno impacte positivamente en beneficio de las y los ciudadanos de la entidad federativa de que se trate. Por ejemplo:

La identificación entre aspirante y ciudadanía. Tiene que ver con el grado de conocimiento que el electorado tiene de la persona con aspiraciones a gobernar. Y con la intención del voto.

El conocimiento que el aspirante tiene del estado a gobernar: La problemática social, política, económica; sus fortalezas en las distintas áreas; los actores políticos y fácticos. En otras palabras, qué le duele a la entidad, qué necesita, y de qué goza.

La gobernabilidad. La falta de identificación y el desconocimiento de la realidad de un estado puede derivar en ingobernabilidad y en un Plan de Desarrollo desapegado a las necesidades de la entidad.

En la vorágine del poder por el poder, la clase política ha echado mano del ius sanguinis (derecho de sangre) para encumbrar a cuadros privilegiados, que no han nacido en la entidad federativa, ni tienen la residencia efectiva, pero pretenden gobernar por tratarse de hijos de nativos.

Claro, el ius soli (derecho de suelo) tampoco es garantía para un buen ejercicio de gobierno; en ocasiones los fuereños hacen mejor trabajo que los nativos.

No obstante, los fuereños pierden más tiempo en empaparse de la realidad de la entidad y los planes tienen una visión tal vez buena pero no adecuada.

En fin, hasta el momento las normas constitucionales y legales están hechas a favor de los políticos en cuanto a sus aspiraciones, quienes además ahora se acomodan en el beneficio de los principios de los derechos humanos.

¿Y los votantes? ¿Los gobernados? Pues por ahora solo tienen la opción de decidir en las urnas electorales si quieren una persona nativa o fuereña (con residencia efectiva) como gobernante.

Quizá lo de menos sea el origen de la persona que aspira a gobernar, y lo demás sea un buen ejercicio de gobierno.

¿Usted qué opina?

 

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Correo: rosyrama@hotmail.com

 

Rosy RAMALES

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