Amnistía fast track

Joel Hernández Santiago

 

La Ley de Amnistía es una promesa del entonces aspirante a la presidencia de México por tercera ocasión. Esto es: La primera vez que se pronunció al respecto fue en diciembre de 2017 cuando pergeñó la posibilidad de que, si llegaba a ser presidente, promovería una Ley de Amnistía “con tal de que termine ya esta violencia”, esto implicaba liberar a narcotraficantes. 

 

El tema causó fuerte indignación en todo el país, aunque él insistió en ello y ya en plena campaña electoral en 2018 se refirió en tres ocasiones al tema. No obstante, a golpe de recriminaciones y reclamos, ajustó su dicho para argumentar que se amnistiaría a gente que estuviera en la cárcel de forma injusta y que se favorecería a quienes hubieran cometido delitos menores, a indígenas… 

 

Luego, aunque el tema se fue diluyendo entre triunfo electoral y su pre gobierno en la segunda mitad de 2018, fue hasta el 18 de septiembre de 2019 cuando el Ejecutivo envió a la Cámara de Diputados la iniciativa para una Ley de Amnistía ya matizada y que fue aprobada ahí  por 306 votos a favor, 129 en contra y 4 abstenciones. 

 

Es decir, aprobada por Morena y partidos asociados. Sin embargo la ratificación correspondía al Senado de la República en donde pasó a dormir el sueño de los justos ya porque se metieron en otros temas o porque las críticas a esta propuesta eran generalizadas en México. Y así estaba la detente cuando apareció la pandemia de Covid 19 y fue entonces el momento oportuno para retomar el tema… 

 

Para abril de 2020, en plena crisis de salud en el país, el Presidente envió a la Cámara de Senadores un mensaje para que se retomara el asunto y se aprobara de una vez por todas. 

 

Pero se daba el caso de que los Senadores habían suspendido sesiones por temor al contagio y cada uno de ellos se fue a su estado de origen. Urgido por el tema, la tercera semana de abril, el Senador Ricardo Monreal hizo un llamado urgente a los Senadores para que sesionaran a fin de discutir la famosa Ley de Amnistía. 

 

Los partidos de oposición argumentaron que las condiciones de salud no estaban dadas para llevar a cabo esa sesión; que el tema no era relevante y que había temas de mayor importancia en la agenda senatorial. Monreal insistió aunque muchos senadores insistieron, asimismo, en la ya imposibilidad para trasladarse al Senado de la República debido a la suspensión de vuelos o dificultades por distancia y tiempo… Pero nada… 

 

El lunes 20 de abril estuvieron ahí, en la sala de sesiones del Senado, la mayoría con cubre bocas y protecciones para evitar un contagio. Algunos mostraron su ‘valentía y falta de temor y solidaridad con el Ejecutivo’ y no llevaban protectores. 

 

En todo caso, ese día con 63 votos a favor, 14 contra y tres abstenciones, el Senado de la República aprobó en lo general y en lo particular la Ley de Amnistía, mediante la cual se podrían liberar a personas que hayan cometido delitos menores o que tengan alguna discapacidad “ante la emergencia sanitaria por Covid-19 en los centros de reclusión del país.” Esta fue publicada el 22 de abril en el Diario Oficial de la Federación. 

 

El problema es que según abogados especialistas, la Ley de Amnistía es ambigua y aunque señala los casos por los que se podrá amnistiar a reos de baja intensidad, también queda abierto el fraseo para dejar en libertad a personas ya juzgadas –como se señala en la Ley- pero que a pesar del impacto del o los delitos cometidos no ocurrieron, por ejemplo, con violencia o mediante el uso de armas para homicidio. 

 

Esta Ley dice que beneficia a mujeres acusadas del delito de aborto y a indígenas que durante su proceso legal no contaron con intérpretes o defensores que conocieran su lengua; a personas sentenciadas, no reincidentes, en distintos supuestos, por ejemplo, por delitos contra la salud -posesión y consumo de drogas en ciertos casos-, por robo simple y sin violencia, y sedición, salvo en casos de terrorismo…

 

La legislación no beneficiará a quienes hayan cometido delitos contra la vida o la integridad corporal ni a quienes hayan cometido el delito de secuestro, o cuando se hayan utilizado armas de fuego en la comisión del delito.

 

Y luego: Para la evaluación de las solicitudes que se presenten para ser beneficiarios de esta Ley, el Ejecutivo Federal creará una “Comisión” encargada de coordinar los actos de cumplimiento y vigilar la aplicación de este beneficio para determinar “ la procedencia del beneficio” y posteriormente sea el juez federal quien “resuelva el otorgamiento de la amnistía”.

 

El problema es que si la Ley se aprobó para sacar de la cárcel para evitar contagios, tan sólo en la conformación de la Comisión y su puesta en práctica, como también el análisis que deberán hacer de cada caso, se llevarán –se dice- por lo menos sesenta días, tiempo en el que la contaminación está en ruta creciente… 

 

Todavía habrá que ver quiénes integran la Comisión y la lista de beneficiarios de esta amnistía, en el sentido de vigilar que quienes se beneficien de esta decisión Ejecutiva-Morena, que sean delincuentes probados y comprobados y a cambio se deje en la cárcel a gente que siendo inocente fue declarada culpable, como ocurre en muchos casos aquí; o gente en condición de vulnerabilidad o de pobreza extrema que cometieran delitos insustanciales, enfermos o por edad.

 

Ya veremos si quienes salgan no son un riesgo social para nadie. 

 

Falta mucho por conocer de los alcances de esta Ley que fue promesa electoral y que ya se canta como cumplimiento de campaña. Veremos. 

 

joelhsantiago@gmail.com

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