El Congreso de Oaxaca aprobó agravar la sanción a quién se haga pasar por otra persona, física o jurídica, asuma o utilice o suplante una identidad. En este supuesto, la sanción será de hasta seis años de cárcel.
Esto luego de aprobar la reforma a los Artículos 232 Bis, 232 Bis A y la adición del Artículo 232 B al Código Penal Local, para evitar que se cometan acciones de lucro o daños patrimoniales a terceros.
Esto responde a problemas de actualidad, que en el caso de Oaxaca, el robo de identidad se duplicó durante el 2017. Según la Comisión Nacional Para la Protección y Defensa de Usuarios de Servicios Financieros, en 2017, se reportaron 44 casos y para 2018, más de 200.
La reforma también equipara al delito de suplantación de identidad, con diversas acciones como el que una persona consienta que alguien más asuma su identidad, se valga de la homonimia o el aprovechamiento del parecido físico y transfiera datos identificativos, sin el permiso de quien deba darlo, para la comisión de un ilícito.
Del mismo modo se castiga como delito de suplantación de identidad digital, a la manipulación de medios electrónicos, telemáticos o informáticos, se apodere, transfiera, utilice o disponga de información personal, documentos, imágenes o correos electrónicos.
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