- Este juzgador o juzgadora también protege los derechos humanos de las personas privadas de su libertad
Para armonizar el quehacer jurídico con la Ley Nacional de Ejecución Penal, el pleno del Tribunal Superior de Justicia, presidido por la magistrada María Eugenia Villanueva Abraján, en el acuerdo TSJ 44/2019 publicado el 8 de agosto del presente año, autorizó la conclusión de actividades de los juzgados de Ejecución de Sanciones, además de la redistribución de competencias y cambio de denominación a Juzgados de Ejecución de Penas en la entidad.
Al respecto, el magistrado Manuel de Jesús López López, presidente la Comisión Permanente de Evaluación y Seguimiento de la Operatividad y Consolidación del Sistema Acusatorio, explicó que el acuerdo tiene como objetivo cumplir con lo señalado en la Ley Nacional en la materia, la cual apunta a la redistribución de las responsabilidades del juez de Ejecución Penal, figura que toma relevancia por la defensa y protección de los derechos humanos de las personas privadas de la libertad.
“Los derechos humanos no solamente son para personas en su libre ejercicio ambulatorio, es para todos, en este caso también para las personas privadas de su libertad”, comentó el magistrado en materia penal.
Resaltó que también se trata de una labor de organización al interior del Poder Judicial, para lo cual resulta necesario trabajar en al menos tres puntos importantes como son: el cierre de juzgados, capacitación y readscripción de personal administrativo y jurisdiccional.
Por su parte, la jueza de Ejecución de Penas, Yadira Piedad Saavedra López expuso que su función consiste en ejecutar las sentencias dictadas por el juez de control y de enjuiciamiento; sin embargo, se extiende a proteger y hacer valer los derechos humanos de las personas privadas de la libertad sentenciadas o en proceso y que cuentan con la medida cautelar de prisión preventiva.
Este juzgador o juzgadora también vigila que se respeten las garantías de quienes visitan a sus familiares que cumplen una condena; igualmente, regula el actuar de la autoridad penitenciaria, que los reclusos sean tratados como sujetos de derechos y los representa ante cualquier anomalía o queja que tengan de los servicios y tratos que reciben durante su periodo de reclusión.
En cuanto a las víctimas, el juez de Ejecución Penal se encarga de que las personas sentenciadas no obtengan beneficios sin los requisitos necesarios y que reciba el pago de la reparación del daño en la mayor parte posible.
El magistrado Manuel de Jesús López López y la jueza Yadira Piedad Saavedra López, participaron en el programa “Hablando de…”, conducido por el juez de Control, Luis Raúl Hernández Avendaño, que forma parte del contenido de la plataforma http://tvjudicialoaxaca.com/, donde abordaron diversas temáticas jurídicas y de interés social.
Con el acuerdo TSJ 44/2019, el Poder Judicial del Estado genera acciones para colocar a la entidad como referente en la armonización del actuar judicial, con las reglamentaciones nacionales y así garantizar el debido proceso con base en el respeto de los derechos fundamentales de las personas que enfrentan un proceso o reciben una condena.
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