- La jueza Irina Cabrera Girón señaló que la privación de su libertad o internamiento se aplica en casos excepcionales y como último recurso.
México ha suscrito instrumentos internacionales que velan por la protección de los derechos de los menores de edad privados de su libertad o en conflicto con la ley, por lo cual el Poder Judicial del Estado, que preside la magistrada María Eugenia Villanueva Abraján, ha priorizado el trato humano en la atención judicial hacia este sector de la población y aplicado la privación de su libertad o internamiento en casos excepcionales y como último recurso.
En este sentido, desde la experiencia y perspectiva de la jueza especializada en Justicia Penal para Adolescentes, maestra Irina Cabrera Girón, con base en la Convención sobre los Derechos del Niño, en las medidas sancionadoras se procura la reinserción social y familiar de las y los jóvenes.
Apuntó que la razón por la que un adolescente comete un delito es multifactorial y puede ser por falta de orientación y atención, además de que principalmente quienes se ven involucrados en conflictos con la ley provienen de familias separadas y de escasos recursos; en consecuencia, sus oportunidades para el estudio son menores, se alejan de sus hogares y envuelve en situaciones de consumo de drogas o alcohol.
De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), a nivel nacional en los años 2016 y 2017 aproximadamente 14 mil niños y adolescentes se encontraban privados de su libertad por robo con violencia, homicidio, delitos contra la salud y secuestro.
La jueza expuso que de acuerdo con los artículos 145 y 164 de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, si un adolescente comete homicidio, secuestro, lesiones que pongan en peligro la vida, violaciones, trata de personas o robos con violencia física, pueden ser privados de su libertad tomando en cuenta su edad; esto es, entre 14 y menos de 16 años podrán ser acreedores hasta tres años y de 16 hasta menos de 18 años, hasta por cinco años.
Resaltó que la ley especializada en adolescentes establece un sistema para juzgar a quienes se encuentran entre los 12 y menos de 18 años. “El tema de la edad es una decisión que a nivel constitucional está determinado y se tomó en consideración el desarrollo biopsicosocial del niño y la recomendación del Comité de los Derechos de los niños en la Observación General número 10”, agregó.
La maestra Irina Cabrera señaló que a un adolescente que comete un delito se le imponen sanciones de carácter socioeducativo. En cuanto al género, la juzgadora oaxaqueña indicó que los casos de mujeres son significativamente menores en relación con los cometidos por hombres, además que en ellas la inadecuada relación con la familia, su nivel socioeconómico y relacionarse con personas mayores, son los factores que influyen para que comentan un delito.
Juzgar a un adolescente, es un punto decisivo en su vida como adulto, el darle un tratamiento adecuado, respetar sus derechos humanos, contar con medidas que permitan juzgar con perspectiva, pueden ser la diferencia entre un adulto reinsertado o un adulto que reincida en conductas delictivas, por lo que la titular del Poder Judicial del Estado, magistrada María Eugenia Villanueva Abraján ha priorizando mecanismos que les lleven a una completa reinserción social.
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