Plantean incluir en las órdenes de protección que el agresor desocupe de inmediato el domicilio de la víctima

El diputado Manuel Alejandro Robles Gómez (Morena) impulsa una iniciativa para incluir entre las órdenes de protección administrativa “la desocupación inmediata, por parte del agresor, del domicilio de la víctima”.

La reforma el artículo 34 Ter de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, precisa que la desocupación se debe dar “independientemente de la acreditación de propiedad o posesión del inmueble, aun en los casos de arrendamiento del mismo, del matrimonio en sociedad conyugal o de separación de bienes y, en su caso, el reingreso de la mujer en situación de violencia una vez que se resguarde su seguridad”.

Asimismo, “garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales del agresor con respecto a la propiedad o posesión que previamente existían o los apoyos que brindaba para ello”.

La iniciativa, turnada a la Comisión de Igualdad de Género para dictamen, señala que la violencia contra las mujeres debe ser erradicada a través de acciones para evitar que se replique o perpetúe.

Es uno de los flagelos más grandes y tristes que se ha cometido contra la mitad de la población, lo peor es que la mayoría son violentadas por sus mismos familiares como hermanos, papás, abuelos, tíos e hijos, lo que demuestra que conviven con sus agresores dentro de su mismo hogar, advierte.

Menciona que las estadísticas revelan que en 2021 a nivel nacional, del total de mujeres de 15 años, 70.1 por ciento experimentó al menos un incidente de violencia psicológica, económica, patrimonial, física, sexual o de discriminación a lo largo de su vida. 

Señala que entre las entidades con mayor violencia en contra de las mujeres se encuentran la Ciudad de México, Estado de México, Querétaro, Tamaulipas, Zacatecas, Chiapas, Colima, Aguascalientes y Baja California.

Actualmente, el Artículo 5º fracción IV de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia define a la violencia como “cualquier acción u omisión basada en su género que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como en el público”.

Por ello, concluye el legislador, este tipo de reformas beneficia a las mujeres mexicanas y coadyuva a construir una sociedad más igualitaria, además de representar un paso firme para erradicar la violencia contra este género.

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