10 DE ABRIL ¿VOTAR O ABSTENERSE?

Eduardo de Jesús Castellanos Hernández

 

La democracia tiene adjetivos. Los primeros de ellos pueden ser los derivados de las dos grandes familias de procedimientos que tiene la democracia: indirecta o directa. A la democracia indirecta se le llama también representativa, porque uno elige a un representante popular al que con su voto le expide una carta poder en blanco para que a nombre de uno la llene con las actividades que quiera hacer o dejar de hacer. En consecuencia, lo que el elector cree que se puede hacer o dejar de hacer no lo hace él directamente sino a través de su representante, el que desde luego interpreta la voluntad de sus electores sin dejar de poner algo de su propia cosecha, sea para agregar, quitar o de plano hacer otra cosa muy distinta a la supuesta voluntad popular expresada en las urnas.

 

A la democracia directa se le lama también participativa, porque las actividades que se quieran hacer o dejar de hacer las señala el elector de manera directa sin que haya intermediario. Claro que el asunto no es tan fácil, porque normalmente hay requisitos que cumplir para que dicha voluntad expresa y puntual sea cumplida. Por ejemplo, la materia de que se trate, o bien, el porcentaje de electores que deban ir a votar para que dicha voluntad expresada en las urnas sea obligatoria, y así muchos otros supuestos dependiendo de su importancia, naturaleza o gusto de los legisladores que establezcan los requisitos de los procedimientos; que pueden ser, por ejemplo, referéndum, plebiscito, iniciativa legislativa ciudadana, consulta popular, revocación de mandato, etc., etc.

 

En realidad, los procesos electorales de la democracia representativa se sustentan totalmente en los partidos políticos (por eso a las democracias contemporáneas, sean de a deveras o de mentiritas, se les llama “partidocracias”). En consecuencia, los procesos electorales de la democracia participativa también. Nada más que se supone que los partidos no intervienen en estos procesos de la democracia participativa pues es la ciudadanía la que se expresa libremente. Saque usted sus propias conclusiones: para la revocación de mandato en México se requiere que en la primera fase solicite la convocatoria a la jornada electoral nada más el tres por ciento al menos de los inscritos en la lista nominal de electores (solo 2.7 millones firmas), siempre que correspondan por lo menos, también, a diecisiete entidades federativas donde también como mínimo haya firmado el tres por ciento de los que aparecen en esa lista nominal de electores. Para que sea obligatorio el resultado, sea a favor o en contra, se requiere que haya ido a votar por lo menos el 40 por ciento de los inscritos en la dichosa lista esa, es decir, un poquito más de 37 millones de votantes. No sé si usted tenga familiares, amigos, vecinos y conocidos suficientes para promover la revocación de mandato del presidente, yo no.

 

La izquierda mexicana, encabezada entonces por Andrés Manuel López Obrador, impulsó en México durante la década pasada los procedimientos de democracia participativa. Desde cien años antes, en Estados Unidos, en California, había revocación de mandato del gobernador. En años más recientes, el actor de cine Arnold Schwarzenegger llegó a gobernador de California porque ahí la boleta electoral tiene dos preguntas; una, si se revoca el mandato al gobernador en funciones, y la otra, por quién se vota para sustituirlo a partir de la lista de nombres que ahí mismo se señala. Y toda vez que ese señor que además de actor de cine muy famoso estaba casado entonces con una señora de apellido Kennedy, pues tuvo dinero y un respaldo organizado suficiente para ganar.

 

Desde hace algunos años, también, la llamada izquierda latinoamericana, en algunos países, apeló a la revocación de mandato para que los presidentes de la república pudieran demostrar su obediencia ciega a la voluntad popular. Pero tuvieron el buen cuidado de regular dicho procedimiento con algunas variantes no tan democráticas. La primera de ellas, a diferencia de la revocación en California, era limitar la pregunta a si querían que el presidente en funciones se fuera o no se fuera, es decir, que le revocaran el mandato o que no se lo revocaran. Nada de que se quedara en su lugar fulano, zutano o mengano si se optaba por la revocación. El caso es que esos presidentes se quedaron mucho tiempo después de la consulta revocatoria aquella, uno de ellos hasta que se murió y otro hasta que lo sacaron.

 

En México, a tanta insistencia de la izquierda mexicana que decía que en las elecciones de 2006 se había cometido un fraude porque no ganó su candidato, Andrés Manuel López Obrador, las otras fuerzas políticas accedieron a regular tres figuras de la democracia participativa: la consulta popular, la iniciativa legislativa ciudadana y las candidaturas independientes a los cargos de elección popular. Así es que, de una parte, se expidió una Ley Federal de Consulta Popular y, de otra, se reformó el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (hoy, ley general de lo mismo) para regular las candidaturas independientes; a las que por cierto les pusieron un montón de requisitos normalmente imposible de cumplir -a menos que tenga usted (o pueda usted reunir entre sus simpatizantes) mucho dinero y muchas ganas de gastarlo para darse ese gusto-. Me refiero aquí a las candidaturas para cargos federales, pero las leyes locales fueron regulando poco a poco también esas figuras.

 

En su campaña electoral más reciente, en la que triunfó, el actual presidente de la república insistió una y otra vez en eso de que el pueblo pone y el pueblo quita, es decir, en el procedimiento de revocación de mandato de presidente de la república. Así es que una vez en la presidencia y con mayoría en ambas cámaras federales, le resultó bastante sencillo aprobar la reforma constitucional, primero, y aunque se tardaron un poquito bastante, la Ley Federal de Revocación de Mandato después. El proceso de revocación de mandato consta de dos etapas, la primera de consulta popular para que la ciudadanía solicite que se lleve a cabo la jornada electoral y, la segunda, con la boleta electoral aprobada por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, es la jornada electoral con la votación sobre si se le revoca o sigue en la presidencia, puesto que eso dice la ley.

 

Desde luego que tuvieron buen cuidado de no seguir el ejemplo de California, no sea que fuera a surgir por ahí un Schwarzenegger que se sacara el premio. Así es que la ley se limitó a decir, en la primera etapa, si se optaba por la revocación y de paso, en lugar de poner no, le agregó la leyenda: “o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo”. Obviamente que los propagandistas a favor del proceso y de que continúe el presidente hablan de “ratificación”, no de que no sea revocado. Como se tardaron un poquito bastante, ya dije, en expedir la ley de revocación, y el INE tenía que organizar con tiempo las dos etapas del proceso, pues ni tardo ni perezoso expidió lineamientos administrativos para llevarlas a cabo. Lo que hizo que los diputados de la mayoría legislativa, es decir, la del presidente, pero el presidente mismo también, pegaran el grito en el cielo porque el INE estaba legislando. Una vez expedida la ley pudiera uno pensar que asunto arreglado, pero ya veremos que no.

 

Una elección presidencial cuesta mucho dinero. Una elección para revocar del cargo al presidente de la república tiene que costar más o menos lo mismo, sino es que hasta un poco más. Pero en el Presupuesto de Egresos de la Federación de este año, la Cámara de Diputados no le dio dinero al INE para organizar la revocación, le dijeron que lo hiciera con sus ahorritos que pudiera juntar. Lo mismo le dijeron el presidente, la secretaría de Hacienda, el Tribunal Electoral y todas las autoridades que intervienen en eso de los dineros. Imagine usted organizar una elección presidencial con puros ahorros, casi casi de cooperacha. Entre todos estos dimes y diretes, la semana pasada la Cámara de Diputados empezó a preparar el procedimiento de juicio político en contra del presidente del INE y uno de los integrantes del Consejo General del INE, para deponerlos del cargo y demás sanciones que eso implica. Lo curioso del asunto es que de lo único de lo que los pueden acusar los de la mayoría legislativa que apoya al presidente de la república es de haber tenido el cuidado y estar ocupados en cumplir la Constitución y la ley que ellos mismos, el presidente y sus diputados y senadores, propusieron y aprobaron en materia de revocación de mandato.

 

Desde poquito antes de que empezara el gobierno actual y al poco tiempo de que empezó a funcionar ha habido consultas populares. Unas sin ley que las regulara y otra, la consulta sobre someter a juicio a los expresidentes (aunque la pregunta en la boleta electoral decía otra cosa) con la ley aprobada desde antes. Las que se hicieron sin ley que las regulara fueron las de la cancelación del aeropuerto de Texcoco y la de la cancelación de una empresa cervecera en Mexicali, Baja California. Como podemos ver, el presidente de la república, su gobierno y su mayoría legislativa andan siempre en los límites de la legalidad constitucional y electoral, y a veces, pues simplemente se saltan los límites y no pasa nada. Por ejemplo, todos vimos en todas las ciudades del país unas carpitas muy monas donde unos jóvenes por lo regular, bien vigilados por unos señores adultos, solicitaban la firma de los ciudadanos para pedir “la ratificación” del presidente. Supongo que eso cuesta dinero, pero nadie sabe quién lo pagó. Ahora, también, vemos por todo el país anuncios espectaculares y bardas invitando a votar por la ratificación del presidente, pero nadie sabe tampoco quién lo paga.

 

Es en este contexto en el que los ciudadanos mexicanos tenemos que decidir si vamos a votar y en qué sentido, o si mejor nos quedamos a ver la televisión o preparamos una reunión familiar o nos vamos al cine o a pasear por ahí, es decir, si nos abstenemos de votar. Los partidos políticos de oposición al presidente de la república no han llamado a votar a sus militantes y simpatizantes. En parte porque no se los permite la ley; en parte porque no tienen mucho dinero porque han bajado sus votos -a pesar de que el año pasado subieron bastantito- y también el monto de su financiamiento público legal, y eso de andar alborotando a la gente cuesta dinero. Pero sobre todo por otros dos motivos, creo yo. Uno, porque aún no arraigan en nuestra cultura política los procedimientos de la democracia participativa, por lo que invitar a votar por la revocación se ve como una confrontación, es decir, ¡córtalas! Pero, también -y por lo mismo- porque los partidos de oposición, sus legisladores, y sus gobiernos locales y municipales, están en permanente negociación con el gobierno del presidente de la república y sus mayorías legislativas federales y locales -no olvidemos que la SHCP es la que distribuye el dinero en todo el país, pues los ingresos locales son simbólicos-. Y tal vez unos y otros entiendan que si se invita a votar abierta o veladamente por la revocación se dinamitan los puentes de comunicación y negociación, se dificultan o imposibilitan los acuerdos, y se compromete la gobernabilidad democrática del país. Vaya usted a saber.

 

¿Votar o abstenerse? El derecho de voto es un derecho constitucional. A nadie se le puede decir que no ejerza sus derechos constitucionales, pero ahora yo veo hasta a un expresidente del entonces Instituto Federal Electoral, ahora INE, que anda diciendo y escribiendo que la gente no ejerza sus derechos constitucionales, sus razones tendrá. Pero también hay organizaciones, las menos, como FRENA (Frente Nacional Ciudadano), que no solo invita a votar por la revocación, sino que en la primera fase dicen que reunió más de dos millones de firmas para que se convocara a la jornada electoral del 10 de abril. Y las firmas que presentó FRENA eran de a deveras, en tanto que las firmas que presentaron los grupos que apoyan al presidente no lo eran, casi en una tercera parte, se dice también en los videos que circulan en redes sociales.

 

Por lo que hemos visto, todo indica que no acudirá a votar el 10 de abril más del 40 por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores, sino mucho menos. A la anterior consulta acudieron menos de siete millones de electores. También, todo indica, que el presidente obtendrá un voto mayoritario a favor de que continúe en el cargo. En la otra consulta, la de los expresidentes, hubo un 98 por ciento de votos a favor, pero no fue un resultado vinculante. Así es que todo señala que el presidente volverá a obtener un 98 por ciento de votos a favor de que continúe, de su ratificación dicen sus simpatizantes y promotores. Salvo que algunos electores se animen a salir a votar por la revocación, a sabiendas de que el sentido de su voto no será el mayoritario. Pero que piensen que toda elección es una evaluación que premia o sanciona y que si no están de acuerdo en la forma como gobierna este presidente, decidan sancionarlo con su voto.

 

Una cuestión final es sobre los efectos del resultado electoral. Sin duda alguna, la decisión mayoritaria de que continúe el presidente lo legitima, lo fortalece, lo empodera ¿Qué tanto? Eso depende del porcentaje de votos. Mucho, si obtiene más del 98 por ciento a favor, independientemente de que no sea vinculante el resultado. Menos, si son muchos los votos para su revocación. Pero, sobre todo, ¿qué hará con ese empoderamiento adquirido? Puesto que le gusta caminar por los límites de la legalidad, mantiene su respaldo popular, tiene una mayoría legislativa en ambas cámaras federales, la mayor parte de los gobernadores, ha sabido seducir a las Fuerzas Armadas y tiene a su servicio toda la maquinaria gubernamental, todo puede suceder.

 

Ciudad de México, 21 de marzo de 2022.

Eduardo de Jesús Castellanos Hernández.

Profesor e Investigador. Doctor en Derecho por el Instituto Internacional del Derecho y del Estado (México) y doctor en Estudios Políticos por la Universidad de París (Francia); posdoctorado en Control Parlamentario y Políticas Públicas por la Universidad de Alcalá (España) y posdoctorado en Regímenes Políticos Comparados por la Universidad de Colorado, Campus Colorado Springs (EUA); Especialidad en Justicia Electoral por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México).

 

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