Publican en el DOF la Ley Nacional de Extinción de Dominio

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este viernes en su edición vespertina la Ley Nacional de Extinción de Dominio.

Ley que concluyó su aprobación en la Cámara de Diputados el pasado 25 de julio, en periodo extraordinario.

La nueva disposición pretende perfeccionar la figura de extinción de dominio y aplicarse sobre aquellos bienes de carácter patrimonial cuya legítima procedencia no pueda acreditarse y sean instrumento, objeto o producto de hechos ilícitos.

La ley permitirá al Estado recuperar bienes y recursos de la delincuencia organizada al ampliar a 245 los delitos susceptibles de su ejecución.

Entre ellos, secuestro, trata de personas, encubrimiento, robo de vehículos, extorsión, enriquecimiento ilícito, robo de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, corrupción, delitos contra la salud, delitos cometidos por servidores públicos y los derivados de los recursos de procedencia ilícita.

La nueva ley establece que la acción de extinción de dominio se ejercitará a través de un proceso jurisdiccional de naturaleza civil, de carácter patrimonial y con prevalencia a la oralidad.

Y que será distinto e independiente de aquellos procesos de materia penal del caso, por lo que aclara que la extinción de dominio se ejercerá aun cuando no se haya determinado la responsabilidad penal, pero siempre que existan fundamentos sólidos y razonables que permitan inferir la existencia de bienes cuyo origen se presuma ilícito.

Con Información de Televisa News

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