Atiende PJE 786 causas iniciadas por violencia contra mujeres

  • Según cifras estadísticas de la Dirección de Planeación e Informática del Tribunal Superior de Justicia sobre violencia contra mujeres, 849 mujeres fueron víctimas, 1075 imputados y 786 causas fueron iniciadas por este delito.

 

En el periodo del año 2018 al 16 de mayo del 2019, conforme datos estadísticos sobre violencia contra mujeres, proporcionados por la Dirección de Planeación e Informática del Tribunal Superior de Justicia, se tiene registro de: 849 mujeres fueron víctimas; 1075 imputados; 786 causas iniciadas; 8 causas iniciadas por homicidio calificado y 3 por homicidio culposo; 4 causas iniciadas por feminicidio y 2 causas concluidas.

 

De igual modo, se realizaron 2,860 audiencias, siendo las regiones de Valles Centrales, Istmo y la Costa con el mayor número de ellas.

 

Es una realidad que la violencia de género se ha convertido en una de las primeras causas de muerte entre las mujeres, sin embargo, es importante reconocer que no todos los homicidios son feminicidios.

 

El Código Penal para el Estado de Oaxaca, en el capítulo III, artículo 285, establece que el homicidio, se basa en el asesinato de una persona a manos de otra. Puede ser cometido por un hombre o una mujer y en contra de ambos. Los motivos como las circunstancias del por qué se lleva a cabo pueden ser variadas y existen diferentes tipos de penas establecidas dependiendo de cada caso en particular.

 

Además, existen diferentes designaciones de este delito, esto deriva conforme al modo en que se lleva a cabo. El homicidio culposo es consecuencia de un accidente o negligencia, mientras que el doloso implica el conocimiento y la intención de asesinar. Por otro lado, el homicidio simple, es aquel que no exhibe elementos de premeditación, alevosía, ventaja y traición.

 

Por otra parte, el artículo 411 del citado código, determina que comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género.

 

A diferencia de otros tipos de asesinato, los feminicidios se categorizan dentro de los crímenes de odio como se determina el Protocolo para juzgar con perspectiva de género de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (TSJ).

 

De acuerdo al penalista Miguel Ontiveros Alonso, el feminicidio es la manifestación más extrema del abuso y la violencia de hombres hacia mujeres. “El feminicidio solo puede ser ejercido de un hombre a una mujer por las relaciones asimétricas de género que existen. En cambio, el homicidio es el delito que consiste en matar a una persona y puede ser ejercida por un hombre o por una mujer”, señaló durante el curso que recientemente impartió a servidoras y servidores judiciales en materia de género.

 

Por lo anterior, el Poder Judicial del Estado, encabezado por la magistrada María Eugenia Villanueva Abraján, seguirá trabajando y fortaleciendo la labor jurisdiccional con el fin de garantizar la protección de los derechos de mujeres y niñas en la entidad.

 

 

 

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